Fallecimiento de una jubilada a raíz de la negligencia médica del PAMI. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el fallo condenatorio y duplicó la suma de la indemnización otorgada a la hija.
El proceso fue iniciado por la hija de una jubilada que tenía antecedentes cardíacos de jerarquía y se descompensó estando en su domicilio. Fue asistida en diversas oportunidades por médicos de PAMI que no diagnosticaron adecuadamente la patología sufrida por la paciente. La demora injustificada en el arribo de las ambulancias y el error de diagnóstico se dieron cita en este caso, en el cual la paciente fue derivada al PAMI en forma tardía, ingresando en grave estado y falleciendo poco después. Se sumó a ello que el PAMI no suministró los registros de atención domiciliaria de la paciente, a pesar de tener la obligación legal de hacerlo.
Se probó que los profesionales médicos actuaron con negligencia, es decir, descuido y falta de diligencia en la ejecución del acto médico ya que ignoraron los antecedentes cardíacos, como así también los signos y síntomas de la primera consulta que claramente eran de origen cardíaco. También actuaron con impericia ya que carecieron de los conocimientos básicos necesarios para detectar un cuadro de ese origen, y con imprudencia ya que su conducta fue contraria lo que el buen sentido aconseja es decir: la interconsulta con un cardiólogo o dejarla internada en observación realizándole los estudios necesarios.
Por lo expuesto el Tribunal Federal nº 1 a través del Juez Dr. Cuello Murúa (subrogante), condenó al PAMI por mala praxis médica.
El PAMI apeló la sentencia y también apeló nuestro Estudio, atento a que considerábamos que el monto otorgado a la hija en concepto de indemnización, era insuficiente.
Luego la Cámara Federal de Apelaciones, Sala A, integrada por los Dres. Toledo, Pineda y Barbara, confirmó el fallo condenando al PAMI y duplicando la suma indemnizatoria que había sido otorgada por el Juez de 1º instancia.